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Cómo reclamar con seguridad la cláusula suelo después de la Sentencia del TJ de la UE de 21/12/16

El reciente pronunciamiento judicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Sentencia de fecha 21 de diciembre de 2.016, ha significado un varapalo para el sector bancario y al mismo tiempo, el reconocimiento del derecho de los consumidores afectados por la cláusula suelo a recuperar el 100% de lo abonado, en razón de la hipoteca contratada en su día con su banco, al permitirse desde ahora reclamar la devolución de lo indebidamente pagado a su banco desde la fecha de la firma de la hipoteca.

Francisco Lorenzo Martínez

Fecha 17/01/2017

Por esta razón, la limitación acordada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de Mayo de 2.013, equivalía a privar con carácter general a todo consumidor que haya celebrado antes de aquella fecha un contrato de hipoteca, del derecho de obtener la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente a la entidad bancaria sobre la base de la cláusula suelo durante el período anterior al 9 de Mayo de 2.013.

Afortunadamente, de ahora en adelante, desde Balms Abogados le informamos que no hay ni puede existir limitación alguna en los casos de que su hipoteca incorpore la cláusula suelo abusiva, para poder exigir de su banco no ya solo la nulidad de dicha cláusula y su eliminación de su contrato, sino también el recalculo de toda la hipoteca contratada como si dicha cláusula no hubiera existido. La devolución íntegra por parte de su banco de lo indebidamente pagado como exigencia a día de hoy impuesta por la decisión del TJUE, es en este punto esencial para no caer en posibles errores, como dejar en manos del banco, el recalculo de dicho importe.

Asimismo, el Gobierno ha anunciado la aprobación de un procedimiento extrajudicial de reclamación a los bancos, que deberá resolverse en 3 meses y que tiene previsto acelerar y simplificar la devolución, evitando el proceso judicial.

En Balms Abogados tenemos claro que la restitución íntegra de lo indebidamente cobrado por su banco exige no olvidar tres aspectos a tener en cuenta. Lo primero es la devolución de lo indebidamente cobrado, pero como segundo aspecto a tener en cuenta es que dicho dinero que ahora podemos recuperar ha sido disfrutado durante unos años sin contraprestación alguna por su banco, por lo que han de adicionarse los intereses legales a la cantidad a devolver por la diferencia de cuota del préstamo al no aplicarse ya la cláusula suelo (diferencia de cuota) y, ello en función de los años en los que se ha estado aplicando la cláusula suelo, al igual que hay que exigir y, en tercer lugar, el recalculo del capital pendiente de amortizar para recuperar la diferencia del capital pendiente respecto del cálculo inicial efectuado con cláusula suelo.

Ahora bien si desde Balms Abogados es fundamental conocer qué ha integrar la restitución total del dinero indebidamente cobrado por su banco, igualmente importante es conocer las vías legales de las que se dispone a la hora de reclamar con seguridad y total garantía las cantidades indebidamente cobradas por su banco. A fecha de hoy el Gobierno no ha publicado un código de buenas prácticas a fin de poder facilitar los trámites para exigir de los bancos el cumplimiento de la Sentencia dictada por el TJUE, pero pese a ello las fuentes consultadas se han adelantado a afirmar que en todo caso los bancos serán libres de adherirse a dicha propuesta del Gobierno.

Desde Balms Abogados le ofrecemos el asesoramiento para determinar si su hipoteca incorpora la cláusula suelo, con un sistema de reclamación a iniciar contra su entidad bancaria por vía amistosa como por vía judicial en defensa de sus derechos y, todo ello, en orden a recuperar su dinero, garantizar la eliminación de la cláusula suelo de su hipoteca y ver resarcidos al 100% sus derechos como consumidor.

Igualmente y, en cuanto se apruebe el nuevo procedimiento extrajudicial, podremos asesorarle para la reclamación por esta nueva vía.

Es por ello, que desde el primer momento en Balms Abogados reclamamos en su nombre y de su entidad bancaria el cumplimiento de la Sentencia dictada por el TJUE tanto a nivel extrajudicial como judicial solicitando:

1. La Nulidad de la cláusula suelo.

2. Cálculo y devolución de cantidades pagadas de más desde la firma.

3. Re-cálculo del cuadro de amortización y actualización de cantidades pendientes desde la firma.

4. Los intereses legales de todas las cantidades.

Desde el primer momento y sin compromiso alguno estudiamos su hipoteca y el impacto derivado de la existencia de la cláusula suelo en su hipoteca, determinando el importe íntegro de las cantidades a las que su banco se ve obligado a devolver, facilitando a nuestros clientes un presupuesto confeccionado a su medida.

No dude en ponerse en contacto con nosotros e iniciar de manera segura y garantizada la reclamación de sus derechos.

Francisco Lorenzo - Balms Abogados Marbella

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