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Residencia y deslocalización

Hace unos meses se publicaba en el BOE una Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprobaban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Leopoldo Martínez

Date 21/10/2021

Hace unos meses se publicaba en el BOE una Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprobaban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Hacienda ha puesto el foco en el control de las personas físicas y su residencia fiscal en España, entre otros. Uno de los asuntos fiscales que más relevancia van a tener en los años venideros es todo lo relacionado con la residencia fiscal y la deslocalización de la misma en función de intereses puramente fiscales.

Se va a utilizar tecnología “big data”, es decir, herramientas con capacidad de análisis masivos de datos, con la que pretender detectar grandes patrimonios deslocalizados cuya residencia fiscal finge estar en el extranjero cuando la Agencia Tributaria considera que residen en España.

Sin duda la irrupción de las nuevas tecnologías, así como las nuevas formas de generar ingresos dentro de la economía digital están generando una deslocalización de los intereses fiscales que están suponiendo un reto para las autoridades fiscales de todos los países. Por ejemplo, hace no mucho escuchábamos a un famoso youtuber que ha decidido mudarse a Andorra para tributar mucho menos de lo que le correspondería si fuera residente en España.

La normativa tributaria actual se ha quedado obsoleta ante este tipo de situaciones y las autoridades fiscales se ven en la necesidad de llevar a cabo un proceso de actualización ante una realidad económica que evidencia la necesidad de nuevos mecanismos jurídicos acordes a la prestación de todo tipo de servicios a través de las nuevas tecnologías.

La residencia fiscal actual determina la sujeción a la soberanía fiscal de un Estado y sin embargo a pesar de los avances imparables de la economía digital, así como los esfuerzos que lleva varios años realizando la UE para adaptar el concepto de establecimiento permanente y residencia fiscal a los nuevos tiempos, todavía el término de residencia fiscal actual se viene determinando en base a la vinculación a una sola tipología de espacio, el físico.

Por todo lo anterior, los asesores fiscales nos enfrentamos a una realidad que sin duda va a generar muchos problemas en el futuro, ya que al comienzo de la Resolución se realiza la siguiente manifestación que da para muchos comentarios ya que sólo para empezar plantea una presunción de culpabilidad (“… que aparentan ser…”), planteamiento lejano de la realidad, que no es otra que la problemática de una normativa engorrosa y obsoleta:

“La Agencia Tributaria impulsará en 2021 una línea específica para el refuerzo del control de personas físicas que aparentan ser no residentes en España. La posibilidad de un control reforzado mediante herramientas de análisis masivos de datos supone una novedad en el ámbito de los patrimonios relevantes ‘deslocalizados’ y marca un nuevo impulso para la comprobación tributaria de este perfil de contribuyente”

En Balms Abogados contamos con un gran equipo de profesionales, dispuestos a ayudar a aquellas personas que lo necesiten, al objeto de evitar situaciones no deseables en cuestiones de residencia fiscal.

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