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Un avance significativo en el reglamento de tráfico. El nuevo baremo de indemnización

Después de 4 años de preparación, una Comisión de expertos, compuesta por representantes del sector de seguros y asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, ha acordado un nuevo sistema para la evaluación de daños.

Fecha 11/05/2015

Este nuevo sistema, presentado ya en un Proyecto de Ley por el Gobierno Español el 10 de abril de 2015, va a ser aprobado por el Parlamento en esta legislatura. La idea principal es garantizar el principio básico de responsabilidad legal: el principio de reparación integral.

El Ministro de Justicia español ha declarado que, de media, la indemnización por el fallecimiento en accidente de tráfico aumentará un 50 % y la indemnización por lesiones permanentes un 35 %. Este hecho significará una aproximación a las indeminizaciones percibidas en el resto de países de la Unión Europea.

En España, desde 1995, la evaluación de la indemnización de daños sufridos por las víctimas de accidentes de tráfico ha de ser cuantificado conforme al “Sistema de la Evaluación de Daños causados a Personas en Accidentes de Tráfico”, publicado en el Anexo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la ciculación de vehículos a motor (aprobada en el Real Decreto 8/2004, de 29 de octubre) y comunmente conocido como el Baremo de Indemnización.

Este sistema de evaluación se expresa mediante tablas en las que se indican las categorías y los importes que se deben conceder.

Sin embargo, después de 20 años, ha quedado evidente que tal regulación no cumple con el objetivo general de indemnización integral.

Las características principales del nuevo sistema son las siguientes:

  1. La reforma actualiza el baremo previo de indemnización, a la realidad social y económica corriente, para fomentar más soluciones extrajudiciales.
  2. La lista de las secuelas ha sido adaptada conformo los nuevos descubrimientos científicos.
  3. Personas gravemente heridas que se vuelven dependientes de otras reciben una mayor indemnización, que incluye gastos futuros, por ejemplo, los gastos incurridos en el reemplazo de prótesis más allá de su vida útil.
  4. Con respeto a lesiones temporales, el nuevo sistema distingue entre gastos médicos (asistencia médica) y otros gastos por los cuales se puede recibir indemnización, tal como gastos de asistencia o gastos de traslados (para asistir a cuidados de rehabilitación, por ejemplo), por nombrar dos de ellos.
  5. El baremo de indemnización incluye una fórmula nueva y mucho más objetiva para evaluar la pérdida financiera. Incluye no solo la pérdida de los supuestos ingresos de la víctima sino también aquellas circustancias por las cuales la víctima no recibe ningún tipo de remuneración por su actividad (menores de edad, estudiantes, amas de casa, etc.)
  6. A diferencia del baremo actual, el nuevo sistema destaca cinco categorías de víctimas (cónyuge, padres, niños, hermanos y amigos cercanos), que no son mutuamente excluyentes. Además, cualquier miembro de estas categorías podría perder su condición si se prueba que no hay una conexión familiar con el difunto. En la misma línea, el nuevo sistema incluye un posible nuevo caso de víctima por analogía: esas personas las que, de hecho y de manera continua han asumido el papel de un familiar en el caso de ausencia o negligencia de miembros familiares.

No cabe duda, que una mayor proteción para la víctima, probablemente significará mayores gastos para las compañías de seguros, lo que seguramente repercutirá en altas subidas de las primas para todos los asegurados. Sin embargo, no se puede negar que esta reforma satisface una protección necesaria para las víctimas de accidentes de tráfico, y dando cuenta de que este nuevo baremo de indemnización se puede usar mediante analogía a otras reclamaciones de lesión personal, una mayor protección de demandantes de lesiones personales lo que son buenas noticias para todos.

Juan E. Montenegro - Balms Abogados Marbella

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