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La reforma de la Ley Concursal en vigor en 2022. Líneas generales de las novedades de la reforma

El Anteproyecto de la nueva reforma en materia concursal puede ser aprobado definitivamente para finales de este año entrando en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE a inicios del año 2022.

Francisco Lorenzo Martínez

Fecha 18/10/2021

El Anteproyecto de la nueva reforma en materia concursal puede ser aprobado definitivamente para finales de este año entrando en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE a inicios del año 2022. La reforma, en fase de tramitación parlamentaria, introduce novedades tanto en la tramitación de nuevas formas ágiles destinadas a las personas y empresas insolventes como igualmente dispone de nuevos mecanismos de una segunda oportunidad para los deudores en riesgo de exclusión social.

El proyecto normativo incluye la transposición de la Directiva Europea de reestructuración e insolvencia e introduce otras reformas para disponer de instrumentos que buscan agilizar y simplificar los procedimientos de insolvencia.

Veamos de forma breve cuales son las modificaciones más relevantes:

Planes de reestructuración

Se trata de un instrumento pre-concursal y constituye una novedad del texto de la nueva ley y quedarán derogados los acuerdos de refinanciación y extrajudiciales de pago. Surge la figura del experto en reestructuraciones lo que facilitará la posibilidad de acuerdo. 

Alerta temprana

Este nuevo instrumento permite al deudor de actuar preventivamente y encauzar la insolvencia, que pasa a denominarse en esta fase “insolvencia probable” con posibilidad de iniciar los mecanismos pre-concursales.

Microempresas

Se añade un nuevo procedimiento especial para microempresas, adaptado a esta realidad empresarial de nuestro país. Se caracterizará por la simplificación de los trámites introduciendo los planes de continuación que equivalen a los convenios actuales del concurso.  Se cambian las reglas de juego y se introduce el principio para los acreedores de que quien calla otorga, es decir, si el acreedor no emite su voto en contra del plan, se entiende a favor.

Derecho a una segunda oportunidad

Especialmente dirigido a personas físicas (consumidores) y autónomos en general, su finalidad es otorgar una segunda oportunidad a quienes desean emprender o continuar con su actividad económica. Aunque a reforma pretende simplificar el procedimiento e impulsar sigue sin alterarse la posibilidad de exoneración de créditos públicos, principalmente de Hacienda y Seguridad Social.

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