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Cláusulas suelo. Ya no hay excusa para no reclamar

Hoy, 1 de octubre de 2015, entra en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que, entre otras medidas y para desatascar la Justicia mercantil, permite demandar ante los tribunales civiles la eliminación de las cláusulas suelo hipotecarias y la devolución de los intereses cobrados en exceso por las entidades financieras desde el 9 de mayo de 2013, conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo aclarando este punto.

Fecha 01/10/2015

La razón de esta medida inusual es el colapso de los tribunales mercantiles, que tardan una media de 3 años y 3 meses en resolver este tipo de asuntos, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial.

La justicia civil tarda sin embargo una media de entre 9 y 12 meses, por lo que confiamos en que esta medida del legislador animará a muchos particulares a rebelarse contra este abuso bancario, máxime cuando también se han eliminado las tasas judiciales y por tanto los costes de reclamar se han visto reducidos.

Se estima que hay unos dos millones de afectados por las cláusulas suelo. A pesar de la abundante información al respecto, sólo un 5% recurre ante los tribunales. Esa es la razón por la que muchos bancos no las retiran voluntariamente de sus hipotecas (Sabadell, La Caixa, Unicaja, Banco Mare Nostrum, Banco Popular, … ). Siendo reclamaciones con un porcentaje de éxito muy alto (en torno al 90%), siempre que se den obviamente los perfiles adecuados para reclamar (consumidor, vivienda habitual, falta de transparencia por parte de la entidad), resulta poco inteligente consentir que los bancos sigan haciendo negocio a costa de los consumidores.

Juan Enrique Montenegro
Abogado

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